Compra pública de innovación

La compra pública de innovación (CPI) es una actuación administrativa de fomento de la innovación a través de la contratación pública. Se trata de la adquisición, por parte de los entes públicos, de bienes y servicios novedosos, que se introducen por primera vez en el mercado.

El desarrollo de la CPI se aborda trabajando tanto desde el lado de la demanda, esto es, del gestor público que saca a licitación los contratos de compra pública de innovación, como desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas que compiten en las licitaciones ayudándolas a participar y presentar ofertas innovadoras.

Los objetivos de la CPI son:

  • Mejorar los servicios públicos incorporando bienes o servicios innovadores.
  • Fomentar la innovación empresarial.
  • Impulsar la internacionalización de la innovación empleando el mercado público local como cliente de lanzamiento o referencia.

Dos modalidades de actuación: compras comerciales y compras precomerciales.

En las compras comerciales se incluye la compra pública de tecnología innovadora (CPTI): compra pública de un bien o servicio que no existe en el momento de la compra, pero que puede desarrollarse en un período de tiempo razonable. Requiere el desarrollo de tecnología nueva o mejorada. Las actividades de I+D se realizan como parte integrante de un único contrato.

Para la ejecución de la CPTI pueden emplearse instrumentos genéricos o específicos:

  • Instrumentos genéricos: contratos a adjudicar mediante procedimientos ordinarios, especialmente procedimientos con negociación o diálogo competitivo, incluyendo cláusulas que favorezcan este tipo de compra y que afectarían a los criterios de adjudicación.
  • Instrumento específico: el procedimiento de asociación para la innovación, cuya finalidad es el desarrollo de productos, servicios u obras innovadores y la compra ulterior de los suministros, servicios u obras resultantes.

La compra pública precomercial (CPP): es una contratación de servicios de I+D en los que el comprador público comparte con las empresas los riesgos y beneficios de la investigación necesaria para desarrollar soluciones innovadoras que superen las que hay disponibles en el mercado.

Se trata de contratos excluidos de la Ley de Contratos del Sector Público, pero sujetos a sus principios generales. La CPP se circunscribe a actividades de I+D, no incluye el desarrollo comercial.

Para el desarrollo de proyectos innovadores, las empresas licitadoras pueden recibir financiación de una entidad financiadora de la I+D+I, como el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).

Como ayuda a los entes públicos contratantes, se relacionan a continuación algunas directrices e iniciativas de la Comisión Europea que pueden consultar para preparar y aplicar la contratación pública de soluciones innovadoras: